De acuerdo a la Resolución Ministerial 001/2012 que reglamenta el Calendario Escolar, los colegios particulares deben otorgar becas a los tres mejores alumnos del establecimiento, mientras que el segundo hermano de un alumno tendrá una rebaja del 50% en la pensión y el tercer hermano una beca completa.
De igual forma, la mencionada resolución que norma el Calendario Escolar, dispone que en los colegios privados sólo se deben cobrar diez pensiones y no puede haber otro cobro bajo ningún concepto.
Respecto al incremento en las pensiones escolares, la Asociación de Colegios Particulares de Bolivia (ANDECOP) está en tratativas con el Ministro de Educación para fijar el incremento de las mensualidades.
“En este momento quiero recomendar y pedir a los directores de todos los establecimientos educativos fiscales, de convenio y particulares que lean la Resolución Ministerial 001/2012 y cumplan con todo lo que dice para que no hayan observaciones, sanciones, llamadas de atención, etcétera”, manifestó la directora Distrital de Educación Sucre, Balbina Tamayo.
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