31.7.19
El viernes comienzan los desfiles en conmemoración de la fundación de Bolivia
Este viernes 2 de agosto se dará inicio el Macrodistrito Cotahuma y Macrodistrito Sur a los desfiles escolares y cívicos en conmemoración de los 194 años de la independencia de Bolivia
Bolivia celebra este 6 de agosto 194 años de su fundación y, como es habitual, las unidades educativas realizarán su homenaje con desfiles cívicos que comenzarán este viernes 2 de agosto en todos los macrodistritos de La Paz. Las actividades culminarán el martes, precisamente en el feriado patrio.
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) informó que los desfiles en el Macrodistrito Cotahuma y Macrodistrito Sur se desarrollarán este viernes.
El subalcalde de Cotahuma, José Quiroga, señaló que las actividades comenzarán a las 08.30 en la plaza de San Pedro con un desfile cívico.
“Recorreremos toda la avenida 20 de Octubre hasta la plaza Abaroa. Participan generalmente 67 unidades educativas, pero como ahora ya no estamos en vacaciones, seguramente, estarán 70”, manifestó.
Para el lunes por la mañana está programado el desfiles en la avenida Baptista del Macrodistrito Max Paredes; en la Plaza Villarroel en el Macrodistrito Periférica; y los barrios Villa Copacabana, Villa Armonía y Pampahasi del Macrodistrito San Antonio.
En el caso del Macrodistrito Hampaturi se realizarán cuatro desfiles desde el sábado hasta el martes en las comunidades de Achachicala, Chicani, Chinchaya y Carpani, en los cuales participarán pobladores y estudiantes de las unidades educativas. (30/07/19)
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Desfiles
29.7.19
24.7.19
DECRETO SUPREMO N° 3852 - Autorizar, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Auditorías Externas a favor del OPCE.
DECRETO SUPREMO N° 3852
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0832, de 30 de marzo de 2011, señala que el Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa – OPCE, creada por el Artículo 83 de la Ley Nº 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, es una entidad pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Educación, con personería jurídica, con patrimonio propio y autonomía de gestión técnica, administrativa, financiera y legal en el ámbito nacional.
Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación – TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley N° 1135, establece que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 2580 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el OPCE, requiere efectuar el mantenimiento y refacción de sus ambientes, y la revalorización e inventariación de activos fijos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Auditorías Externas a favor del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa – OPCE.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, realizar en la gestión 2019 la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto de Bs96.517.- (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIECISIETE 00/100 BOLIVIANOS), a favor del OPCE para reforzar los gastos de funcionamiento y refacción de sus ambientes.
ARTÍCULO 3.- (CONSULTORÍAS). Se autoriza al OPCE, incrementar en la gestión 2019, la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs19.000.- (DIECINUEVE MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario interinstitucional del TGN, para realizar la revalorización técnica e inventariación de activos fijos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.
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NOTAS DE INTERES
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Amplían las vacaciones de invierno en tres regiones; en Santa Cruz se regresa el lunes 15
El Ministerio de Educación comunicó la noche de este martes que el descanso pedagógico de invierno se prolongará una semana más en los departamentos de La Paz, Potosí y Oruro, por lo que el retorno a clases en estas regiones será el lunes, 22 de julio.
"El Ministerio de Educación informa que, de acuerdo a las notas remitidas por las Direcciones Departamentales Educación, La Paz, Oruro y Potosí, amplían el descanso pedagógico", señala el comunicado emitido este martes.
"Los índices de infecciones respiratorias agudas que los Sedes han podido evacuar como informe influyeron para tomar esta determinación", señaló el viceministro de Educación Regular, Valentín Roca.
En Santa Cruz y el resto del país las labores educativas se reiniciarán, tal como estaba programado, el lunes 15 de julio.
En el caso de Chuquisaca, Cochabamba, Tarija y Santa Cruz el regreso a clases será cumpliendo horario de invierno. Beni y Pando deben retomar actividades curriculares con total normalidad.
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Vacaciones
Las labores educativas en Cochabamba se reanudan el lunes
El viceministro de Educación Regular, Valentín Roca, informó hoy que se determinó ampliar por una semana el descanso pedagógico de invierno en La Paz, Oruro y Potosí. Entretanto, en las demás regiones, como Cochabamba, las clases reanudarán este lunes.
"Hemos recibido las notas de los directores de educación de Potosí, Oruro y La Paz, en ese entendido ellos han determinado ampliar el descanso pedagógico hasta el próximo 19 de julio, retornando a las labores el 22 de este mes a las actividades regulares", dijo en conferencia de prensa.
La ampliación en los departamentos mencionados se da debido a los reportes de bajas temperaturas.
"Los índices de infecciones respiratorias agudas que los Sedes han podido evacuar como informe influyeron para tomar esta determinación", añadió.
El descanso pedagógico de invierno comenzó el 1 de julio en todo el territorio nacional y el retorno estaba programado por el Ministerio de Educación para el 15 de julio, siempre y cuando no se reporte el descenso de temperaturas.
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COCHABAMBA
5.7.19
DECRETO SUPREMO N° 3817 - Autorizar a la Dirección Departamental de Educación Chuquisaca, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas
DECRETO SUPREMO N° 3817
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 0813, de 9 de marzo de 2011, dispone que las Direcciones Departamentales de Educación – DDE’s, son entidades públicas descentralizadas bajo tuición del Ministerio de Educación y se constituyen en personas jurídicas de derecho público, con patrimonio propio y autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, con sede en las capitales de Departamento y competencia en la jurisdicción departamental.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, señala que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que la Dirección Departamental de Educación Chuquisaca, entidad descentralizada del Ministerio de Educación, requiere la contratación del servicio de revalorización técnica e inventariación de activos fijos, a fin de cumplir con los objetivos institucionales programados para la presente gestión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar a la Dirección Departamental de Educación Chuquisaca, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas para la revalorización técnica e inventariación de activos fijos.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza a la Dirección Departamental de Educación Chuquisaca incrementar en la gestión 2019, la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs50.000.- (CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente 20 “Recursos Específicos” y organismo 230 “Otros Recursos Específicos”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la subpartida 49900 “Otros”, para la revalorización técnica e inventariación de activos fijos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.
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