La Resolución 010/2011, que fue aprobada por el Ministerio de Educación, estipula que los niños de 5 años —o que lo cumplan hasta el 30 de junio— están obligados a cursar el kínder este año, como requisito para poder ser inscritos el 2012 a primero de primaria.
La Ley Educativa Avelino Siñani señala que la educación regular se inicia con el nivel inicial, que tiene dos años de duración. Se requiere contar con 4 años para cursar prekínder y con 5 años, para el kínder.
El artículo 23 de la Resolución 010/2011, emitido por el Ministerio de Educación, establece que para la presente gestión la educación inicial no es un requisito para el ingreso al curso inmediato superior. No obstante, el texto señala que “a partir de la gestión 2012, el segundo curso en Educación Inicial —es decir el kínder— será requisito para el ingreso al primer año del nivel Primario”.
El viceministro de Educación Regular, Iván Villa, explicó ayer que este año es obligatorio que los niños que tengan 5 años, o que los cumplan hasta el 30 de junio del 2011, cursen el segundo curso del nivel inicial; en este caso, el kínder.
La autoridad aseguró a La Razón que la cantidad de unidades educativas y de maestros que existen en los colegios del sistema educativo fiscal, de convenio y privados, permite la capacidad necesaria para satisfacer la demanda que acceda cumplir con este requisito.
Datos del Ministerio de Educación dan cuenta que en el país existen aproximadamente 748 jardines infantiles, que equivalen a prekínder. Éstos acogen a niños de 4 años. De ellos, 559 se encuentran en el área urbana y 189, en el área rural. Para los niveles inicial y primaria, kínder y primero de primaria, se tienen contabilizados cerca de 6.144 unidades educativas. De estas unidades, 5.172 corresponden al área rural y 972 al área urbana del país.
Pese a que las inscripciones se inician oficialmente este lunes 17 de enero, en varios establecimientos fiscales de las ciudades capitales del país se registraron largas filas de padres de familia para inscribir a los niños en los cursos del nivel inicial.
En primera instancia, los padres de familia se organizaron a través de la distribución de fichas y la conformación de grupos para garantizar su ubicación en las filas, y así optar a la inscripción de los menores.
Por instrucción del Ministerio de Educación, y para evitar que los progenitores duerman en las calles, las direcciones departamentales dispusieron que los directores de los establecimientos, en coordinación con las juntas de escolares, distribuyan fichas oficiales para el inicio del registro, a partir de este lunes 17 de enero.
En ausencia de la resolución que norma la gestión escolar, fueron los propios padres de familia que exigieron a sus pares algunos documentos, como ser el certificado de nacimiento y la certificación de la ubicación del lugar donde viven.
De acuerdo con la información recogida por La Razón, en los kínder de la ciudad de La Paz el número de alumnos por aula es de 40 estudiantes como máximo. En la mayoría de los establecimientos existen al menos cuatro paralelos.
La resolución 010/2011, en su artículo 29, dispone que en las poblaciones concentradas el número recomendado de estudiantes por curso en el nivel inicial es de 20 alumnos, como mínimo. Y de 35 como máximo. Para la educación primaria y secundaria, se señala 30, como mínimo, y 40 como máximo. En las unidades educativas nocturnas el mínimo de estudiantes es de 10.
El artículo 30 de la norma señala que en las áreas de población dispersa o rural, el número de estudiantes mínimo es 10. Y en zonas fronterizas o de difícil acceso se podrá funcionar con un o una alumna. De acuerdo a la resolución, el periodo de inscripción es de 10 días.
Datos de la resolución 010/2011
Sobre la diversidad lingüística que rige en el sistema educativo a partir de este año, la Resolución 010/2011 establece que: “Las maestras y maestros de unidades educativas en las que se desarrollen actividades pedagógicas trilingües deben utilizar satisfactoriamente la lengua materna. Así como la segunda lengua de la región en forma oral y escrita. La enseñanza de la lengua extranjera debe contar con un docente especializado”.
La proximidad con la vivienda no es un punto excluyente
La Razón constató que algunos establecimientos continúan colocando como uno de los requisitos de inscripción la proximidad de sus unidades con las viviendas de los estudiantes. Sin embargo, la resolución del Ministerio de Educación señala que ésta no es una condición excluyente.
El viceministro de Educación Regular, Iván Villa, aseguró que esta modificación en la norma servirá a los padres de familia que prefieren inscribir a sus hijos cerca de sus trabajos, y no así próximo a sus hogares. “De todas maneras, los establecimientos educativos deberán dar prioridad a los escolares que viven cerca de la unidad. La disposición apunta a brindar condiciones de mayor seguridad en función al criterio de los padres de familia”, dijo.
La resolución 010/2011 califica como un derecho constitucional la “elección de la unidad educativa” por parte de los padres de familia, por lo que la zona de residencia no se toma como criterio excluyente en los ámbitos público, privado y de convenio.
Colegios deberán reponer alzas en pensiones
Las unidades educativas particulares que incrementaron las pensiones en la gestión 2010, deberán devolver el monto a los padres de familia y, para el 2011, reducir los montos según el incremento del 6,9 ciento, consensuado con el Ministerio de Educación.
Asimismo, los colegios que cobran por reservas y admisión podrían ser sancionados, si es que no reponen los recursos en las 10 cuotas de cada gestión escolar. El viceministro de Educación Regular, Iván Villa, dijo este sábado que se sancionará incluso con el cierre de aquellos colegios que incrementaron sin autorización el valor de las pensiones el 2010.
“Tenemos varias denuncias, que hubo colegios que incrementaron de forma irregular el 10 por ciento del monto total de las pensiones del 2009. Estos establecimientos están en la obligación de reponer. Incluso tienen la obligación de rebajar 3,1 por ciento”,
Un padre de familia señaló ayer a La Razón que presentó una denuncia ante la Dirección Distrital de La Paz por el incremento de la pensión en un 10 por ciento, realizada por un colegio particular de la zona Sur. El monto de la cuota subió de Bs 510 a Bs 565, señaló.
Villa dijo que esta irregularidad es tomada en cuenta y que los padres de familia pueden presentar denuncia anónima a las direcciones distritales, los servicios departamentales y el propio ministerio. Otra prohibición está referida al cobro de matrículas, plazas y derechos de admisión. La autoridad sostuvo que al margen de las 10 pensiones, no se puede realizar ningún otro cobro adicional.
La Razón recibió la denuncia de padres de otro colegio de la zona Sur que refieren al cobro por “derecho de admisión” a estudiantes nuevos de Bs 1.600. “Los colegios que hayan hecho esto deberán contemplarlos como parte de las cuotas escolares”, indicó Villa.
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