19.11.19

LEY N° 1249 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 10.500,00 m², de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Vallegrande

LEY N° 1249
LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 10.500,00 m², de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Vallegrande, ubicado en la zona Este, Barrio La Muña, sobre la Avenida Rotary Club, del Municipio de Vallegrande, Provincia Vallegrande del Departamento de Santa Cruz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Vallegrande, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.08.1.01.0003243, cuyas colindancias son: Al Norte, con Área Municipal; al Sur, con la Avenida Rotary Club; al Este, con Área Municipal; y al Oeste, con Área Municipal; a favor del Ministerio de Educación, para  la construcción y funcionamiento de la Unidad Académica de Vallegrande, dependiente de la Escuela Superior de Formación de Maestros “Enrique Finot”, conforme a lo establecido en la Ley Municipal N° 067, emitida el 8 de junio de 2019 por el Gobierno Autónomo Municipal de Vallegrande.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los tres días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Víctor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez.

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