Entre los cambios trascendentales para el presente periodo educativo están: la inclusión de 10 minutos de lectura diaria en el aula, el bachillerato por sistema modular y los cursos de verano en el periodo de vacación.
La segunda semana de enero, el Ministerio de Educación dio a conocer los lineamientos que están considerados en la Resolución 001/2016.
1.- CALENDARIO. El calendario escolar inicia el primer día hábil de febrero y culmina el 30 de noviembre, deben cumplirse 200 días hábiles de trabajo en el aula.
En Cochabamba, las clases inician hoy con más de 526 mil estudiantes inscritos en los niveles inicial, primaria y secundaria.
El descanso pedagógico de medio año tendrá una duración de dos semanas, a partir del 4 de julio.
Los actos de promoción se llevarán adelante después de la ceremonia oficial de entrega del incentivo Excelencia en el Bachillerato, cuya fecha será definida por el Ministerio de Educación.
2.- NÚMERO DE ALUMNOS. A partir de esta gestión, los primeros cursos de inicial, primaria y secundaria deben tener un máximo de 30 estudiantes por curso. Para el segundo año de escolaridad y los siguientes, el cupo recomendado es de 35. En los colegios nocturnos, la cantidad mínima es de 10 por curso.
En las áreas rurales, el número mínimo por aula, hasta sexto de primaria, es 10. Si son menos se implementará la modalidad multigrado, es decir, que se deben fusionar varios cursos.
3.- PERIODO DE CLASES. La duración de la hora pedagógica en el nivel preescolar es de 35 minutos, con cinco horas académicas diarias.
En primaria y secundaria, se deben cumplir seis horas de 45 minutos cada una.
Los establecimientos nocturnos tienen que estructurar su horario a espacios de 40 minutos.
No está permitida la programación de horarios con hora cero (antes de las 08.00) y hora octava (después de las 13.00). Tampoco se admite la reducción de periodos a 30 o 35 minutos.
4.- UNIFORME Y MATERIAL. El uso de uniforme en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio no es obligatorio. Si la mayoría de los padres decide que sus hijos utilice uniforme, eso no significa que se lo compre de un lugar específico.
Queda prohibida la entrega de listas de material escolar y libros con la referencia de una editorial o librería específica para que compren los padres.
5.- SALTO DE CURSO. Los niños que se caracterizan por tener desarrolladas sus dimensiones del ser, saber, hacer y decidir, más allá del año de escolaridad al que asisten regularmente, pueden ser promovidos o “saltar” a un curso inmediato superior.
Los padres deben solicitar una evaluación del estudiante ante una comisión técnico pedagógica durante el primer bimestre. Las gestiones las deben realizar ante el director del establecimiento.
6.- PROHIBICIONES. Se prohíbe la organización de fiestas sociales, de aniversario u otras actividades al interior de las unidades educativas. Tampoco se permite la venta y consumo de bebidas alcohólicas, tabaco o cualquier sustancia controlada.
No están autorizadas las fiestas y viajes de promoción, si éstas son programadas por los estudiantes será bajo la total responsabilidad de los progenitores.
7.- EMBARAZOS Las estudiantes embarazadas no pueden ser rechazadas o expulsadas de los colegios. Los directores deben garantizar la continuidad y culminación de sus estudios con la implementación de adecuaciones curriculares. Si es rechazada o expulsada, el padre de familia puede denunciar la irregularidad en la Dirección Departamental de Educación (DDE), para su reincorporación.
8.- VIOLENCIA Se garantiza el traslado a otras unidades educativas de las hijas e hijos de mujeres en situación de violencia.
También se autoriza la transferencia de los alumnos que son víctimas de acoso escolar y agresión sexual.
9.- CELULARES No se permite el uso arbitrario de los celulares personales de los estudiantes y maestros durante el desarrollo de las actividades curriculares en aula, porque interrumpen el normal desarrollo de las labores educativas. Los directores y profesores están autorizados a decomisar los teléfonos móviles hasta la conclusión del año escolar.
10.- LIBRETAS ELECTRÓNICAS. El documento oficial que certifica la promoción académica es la libreta electrónica. Es el certificado de información y comunicación del desarrollo de las dimensiones y la promoción de las y los estudiantes al año de escolaridad inmediato superior.
El Ministerio de Educación dispuso la plataforma
digital:
www.minedu.gob.bo para el acceso a las calificaciones por todos los actores educativos, estudiantes y padres de familia.
Apuntes
Inauguración
La inauguración oficial del año escolar correspondiente a la gestión 2016 se realizará hoy en la unidad educativa Manuel de Ugarte, en el municipio de Aiquile y participarán las autoridades de la Dirección Departamental de Educación (DDE).
Obligación
El viceministro de Educación Regular, Juan José Quiroz, dijo que es obligatorio el cumplimiento de la Resolución 001/2016. Los directores departamentales, los directores distritales y los directores de las unidades educativas son los responsables de velar por el respeto de las disposiciones.
Caso contrario, pueden ser pasibles a sanciones.
Gradual
Quiroz aclaró que algunas disposiciones como el número de estudiantes por aula y la cantidad de paralelos por colegio son de implementación gradual.
Reconoció que la falta de infraestructura y recursos humanos frena la vigencia plena de la Resolución.
“Faltan muchas condiciones”
El dirigente de la Federación de Maestros Urbanos de Cochabamba, Miguel Lora, explicó que las condiciones aún no están dadas para la aplicación de la Resolución.
Las principales limitaciones son la falta de infraestructura, de equipamiento y de profesores.
Cuestionó las medidas relacionadas con la reducción de número de estudiantes por curso y de paralelos, porque no existen suficientes colegios en las zonas más pobladas.
Tampoco se puede encarar adecuadamente el bachillerato técnico por la falta de talleres en los establecimientos educativos.
El dirigente criticó también la determinación del Ministerio de Educación de incorporar diez minutos de lectura obligatoria diaria en el aula, porque esa actividad restará tiempo al avance de las materias.
En colegios particulares los padres solo deben cancelar diez cuotas
Los colegios privados están prohibidos de realizar cualquier cobro adicional a las diez mensualidades, trátese de reserva de plaza, matrícula o derecho de inscripción, material educativo, gastos de administración, multas por retraso de pagos de mensualidades, cuotas para la Asociación de Colegios Particulares (Andecop), entre otros.
Los padres de familia tienen la obligación de tener regularizadas sus responsabilidades económicas de la gestión.
La Resolución 001/2016 prohíbe la expulsión o exclusión de los estudiantes de las clases, exámenes o de cualquier actividad curricular por retraso en el pago de pensiones. Tampoco se pueden retener las libretas escolares.
BECAS El principal beneficio de los progenitores es obtener una beca.
Los establecimientos educativos particulares deben otorgar subsidio del 100 por ciento de la mensualidad a los tres mejores estudiantes.
El tercer hijo también puede lograr el beneficio siempre y cuando se demuestre que la familia alcanza un ingreso de cinco salarios mínimos nacionales (8.280 bolivianos).
Resolución
Discriminación
Está prohibido negar la inscripción a las hijas o los hijos de madres solteras o padres solteros, divorciadas o divorciados, así como de aquellas parejas que no hubiesen contraído matrimonio o por pertenecer a determinada religión.
Maestros
Para mejorar la calidad educativa y en cumplimiento al calendario escolar de 200 días hábiles, el personal docente y administrativo de las unidades educativas fiscales no podrá gozar de salida alguna por razones ajenas a las actividades escolares o administrativas y que no estén establecidas por la norma.
Requisito
Los maestros y directores de las unidades educativas fiscales, de convenio y privados deben ser egresados y titulados de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y tienen que estar inscritos en el Registro Docente Administrativo (RDA).
Padres
Para las sesiones de evaluación comunitaria, las madres y padres de familia deben tener acceso a las libretas electrónicas en línea.
Directores
Los directores distritales son responsables de dar estricto cumplimiento y hacer seguimiento a la Resolución 001/2016. Tienen que realizar verificaciones in situ y deben elevar informes a la Dirección Departamental de Educación, hasta el primer bimestre.
Evaluación
Se mantiene la evaluación bimestral sobre 100 puntos, implementada en 2015. No existe un periodo de desquite porque el proceso de reforzamiento es continuo.
Bachillerato
Está vigente la implementación del bachillerato técnico humanístico en el subsistema de educación regular cuando las unidades educativas reúnan las condiciones de acuerdo a la Resolución Ministerial 818/2014 de fecha 20 de octubre de 2014. Actualmente, no todos los colegios cuentan con talleres para la formación técnica de los bachilleres.
Beneficios
Los alumnos de unidades fiscales, privadas y de convenio que culminen sus estudios recibirán sus diplomas de bachiller, pero además los estudiantes con máxima calificación accederán al Bono a la Excelencia, otorgado desde 2014 a los dos mejores alumnos de cada colegio, un hombre y una mujer.
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