RESERVAS: Queda prohibido cualquier tipo de reserva de plazas o cupos de matrícula en las unidades educativas antes del periodo de inscripciones, que se iniciará el 18 de enero.
EXÁMENES: No se permite tomar exámenes de ingreso o cualquier tipo de evaluación como requisito para la matriculación en los colegios fiscales, privados y de convenio.
LIBRETA: La libreta será electrónica. Los directores de los colegios tienen la obligación de otorgar la cuenta y la clave a los estudiantes y padres de familia para que accedan a la plataforma virtual.
UNIFORME: El uso de uniforme no es obligatorio y no impide el ingreso a clases. Además, debe respetarse la vestimenta de las niñas, los niños y adolescentes de las naciones y pueblos indígena originario y campesinos y afrobolivianos de Bolivia.
VIAJES: No se permite la organización de viajes en el periodo escolar. La programación de paseos de la promoción es de responsabilidad exclusiva de los padres de familia.
PENSIONES: Los colegios privados solo deben cobrar diez cuotas anuales. Se prohíben los cobros adicionales bajo riesgo de sanciones económicas.
TRANSPORTE ESCOLAR: Los establecimientos educativos son responsables de que el transporte escolar cumpla con los requisitos de circulación, de acuerdo a normativa
vigente.
EMBARAZADAS: No se debe rechazar o expulsar a las estudiantes embarazadas. Los directores están obligados a garantizar la conclusión de estudios de las madres, con la incorporación de adecuaciones curriculares.
CELULARES: Está prohibido el uso de los celulares personales de estudiantes y maestros durante las clases, porque se interrumpe el desarrollo de las labores educativas.
TALENTO: Las y los estudiantes con talento extraordinario pueden “saltar” al curso superior desde tercero de primaria.
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