Ante el elevado número de profesionales universitarios que dictan clases en colegios privados, el Ministerio de Educación obliga a todas las unidades educativas a contratar sólo profesores titulados en las Escuelas Superiores de Formación de Maestros (ESFM) o a quienes hayan concluido el Programa de Profesionalización de Maestros Interinos (PPMI).
Las direcciones departamentales de Educación (DDE) serán las encargadas de inspeccionar los establecimientos para sancionar a aquellos que incumplan la normativa.
El artículo 99 de la Resolución Ministerial 01/2016 dispone: "Es requisito para ser maestro/a de aula de una unidad educativa privada contar con el título profesional de Maestro/a egresado/a de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y de los Programas de Profesionalización de Maestros Interinos con grado académico de licenciatura, maestría o doctorado, debiendo éstos necesariamente realizar los cursos del Profocom” (sic).
Según la directora del distrito La Paz 2, Cinthia Contreras, es muy importante regular esta situación porque entre el 30% y 40% de los colegios privados de su jurisdicción no tienen maestros normalistas, sino titulados de las universidades. "Los que no son profesores titulados de la Normal tienen falencias al momento de enseñar, porque no tienen conocimientos pedagógicos”, dijo en una anterior entrevista.
La norma dispone que las DDE y direcciones distritales "realizarán inspecciones a las unidades educativas privadas antes del desarrollo de las inscripciones, debiendo comprobar si éstas reúnen las condiciones pedagógicas mínimas para su funcionamiento y si cuentan con la documentación que acredite su legal funcionamiento”.
El titular de la Dirección Departamental de Educación (DDE), Basilio Pérez, informó que las verificaciones están en marcha. Además de los títulos de los maestros, inspeccionan la infraestructura, equipamiento y otros aspectos.
"La norma indica que entreguemos resultados hasta el 12 de enero, pero ese día recién socializaron la norma, por lo que solicitamos una prórroga hasta el viernes. Ahora los directores distritales realizan las evaluaciones y mañana (hoy) se conocerán los resultados”, dijo.
Los colegios que infrinjan la resolución serán sujetos a multas equivalentes al 10% de su ingreso anual la primera vez y con el 20% la segunda vez. Si incurren en faltas por tercera vez serán clausurados definitivamente al finalizar la gestión escolar.
Algunos requisitos
a) Los colegios privados deben tener condiciones pedagógicas de infraestructura, equipamiento y mobiliario.
b) Las unidades educativas privadas deben adecuar progresivamente su infraestructura para la atención de la población con discapacidad leve; y deben implementar progresivamente el bachillerato técnico humanístico.
c) Precisan una resolución administrativa de autorización de funcionamiento.
d) Necesitan Registro de Unidades Educativas (RUE).
e) Deben tener kárdex de cada uno de los maestros.
f) Precisan un Plan Operativo Anual (POA) 2016.
g) Deben tener reglamento interno de convivencia.
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