La presentación de facturas de agua y luz, y la no validación de listas y filas previas son algunas disposiciones de la Resolución Ministerial 001/2016 para las inscripciones escolares, que comienzan mañana. La Razón le presenta las 15 más importantes.
Según el Ministerio de Educación, el calendario escolar del año lectivo tendrá tres momentos: cinco días para el proceso de inscripciones, 10 meses para el desarrollo curricular, y dos semanas para el cierre de gestión posteriores al 30 de noviembre. Todo ello debe garantizar 200 días hábiles.
La Resolución 001/2016, que regirá la gestión escolar, incluye por primera vez algunos aspectos para el registro, entre ellos que los padres de familia “están obligados a inscribir a sus hijos en los colegios”, pues caso contrario las autoridades educativas deben informar a la Defensoría de la Niñez.
La norma incorpora también nuevos requisitos de inscripción, como las facturas de agua y luz, además del certificado de trabajo de los progenitores, para la matriculación de estudiantes nuevos; ello para constatar que el estudiante vive cerca del colegio. Algunos establecimientos ya solicitaban esos documentos, pero desde este año el requisito es oficial.
El ministro de Educación, Roberto Aguilar, reiteró en la semana que las inscripciones comienzan mañana, 18 de enero; y las clases, el 1 de febrero, con un acto oficial en una unidad educativa de Oruro, donde asistirá el presidente Evo Morales y otras autoridades. Este diario le detalla la información elemental para la matriculación.
1. ¿Cuál es el cronograma para las inscripciones escolares de 2016?
La inscripción de estudiantes en colegios fiscales, privados y de convenio del país comienza mañana y concluye el viernes. Los alumnos para inicial (prekínder y kínder),
1º de primaria y 1º de secundaria son considerados nuevos para el sistema porque comienzan un nivel educativo distinto; este grupo debe matricularse el lunes 18 y el martes 19, según el cronograma del Ministerio de Educación.
Los estudiantes de 2º a 6º, tanto de primaria como de secundaria, que hayan decidido cambiar de distrito o departamento deben inscribirse el miércoles 20, el jueves 21 y el viernes 22. Cada unidad educativa publicará el cronograma de inscripciones a través de los medios de comunicación o bien en paneles o murales del establecimiento.
La matriculación de antiguos es automática para el año de escolaridad que les corresponda, debiendo comprobarse esta situación con la presencia física del estudiante el primer día de clases. Los que cambiarán de colegio deben notificarlo a la unidad.
2. ¿Qué alumnos tienen prioridad en la matriculación?
Existe la inscripción automática y obligatoria para cinco grupos: estudiantes antiguos, niños y adolescentes con alguna discapacidad (previa presentación del carnet de discapacidad), hermanos de alumnos de la unidad educativa (así sean de bachilleres del año anterior y medio hermanos), aquellos que viven en la zona, e hijos de padres que trabajen cerca del colegio. Son también inscripciones excepcionales cuando se trata de hijos de policías, militares y servidores públicos, quienes suelen cambiar de destino por asuntos de trabajo. Los alumnos que retornan al país y no cuentan con toda la documentación respectiva gozan de incorporación automática y tolerancia para la presentación de requisitos (previo certificado de notas legalizado solo por el Consulado respectivo y documento probatorio que acredite su ingreso al país).
3. ¿Cuáles son los requisitos para alumnos nuevos?
Los documentos requeridos son el certificado de nacimiento o cédula de identidad del estudiante, acta o carnet de vacunas y el formulario del Registro Único De Estudiantes (RUDE), que es otorgado en la unidad educativa. El progenitor o el tutor debe presentar su cédula de identidad, aunque la falta de éste no impide la matriculación. Se exceptúa la exigencia de la libreta escolar como requisito.
4. ¿Cuáles son los requisitos que se incorporaron?
El papá o la mamá de un alumno nuevo debe presentar, a partir de este año, las facturas de servicios de luz y agua, y una certificación de trabajo que acredite que vive o trabaja en la zona. A los niños que ingresarán a prekínder y que asistieron a centros de programas de atención infantil integral se les pedirá la certificación de la institución. Solo en caso de existir más vacancias en la unidad educativa se podrá recibir a estudiantes nuevos de otras zonas.
5. ¿Qué sucede si se hallan documentos falsificados?
Si hay indicios de la presentación de un documento falso durante la matriculación, el director de la unidad educativa remitirá un informe a instancias del Ministerio de Educación, para que éste se constituya en parte querellante en el proceso respectivo contra los responsables. El maestro, director o administrativo que acepte el documento será sometido a proceso disciplinario.
6. ¿Qué dice la 001 respecto a la edad del estudiante para la matriculación?
Para ingresar al 1er curso de inicial (prekínder), el alumno debe cumplir cuatro años hasta el 30 de junio de 2016; y para el segundo curso (kínder), cinco hasta la fecha mencionada. Para 1º de primaria, el estudiante debe tener seis años cumplidos hasta el 30 de junio. El Ministerio de Educación explicó que en caso de que el niño o la niña cumpla la edad requerida el 1 de julio o más adelante, la inscripción no será permitida al nivel solicitado sino a uno inferior.
7. ¿Qué aspectos están prohibidos durante el proceso de inscripción?
Se prohíben las filas y cualquier lista antes de la fecha de inscripción (18); todas las que se hayan realizado no serán válidas, caso contrario el director del colegio será pasible a sanción.
Tampoco están permitidos los exámenes de ingreso, ni el rechazo para la inscripción de estudiantes embarazadas, hijos de padres solteros, divorciados, así como de aquéllos cuyos progenitores no hubieran contraído matrimonio, o negar la matriculación por pertenecer a determinada religión y cualquier otro factor discriminatorio o con actitud racista.
8. ¿Qué cobros son considerados irregulares durante este proceso?
Es considerado ilegal todo cobro por concepto de reserva de plazas, matrícula, materiales educativos o derecho de ingreso de alumnos en las unidades educativas. Excepcionalmente, los aportes económicos voluntarios definidos por los padres en una asamblea general deberán responder a las necesidades y requerimientos indispensables de un proyecto para el establecimiento educativo. Los colegios privados están prohibidos de realizar cualquier cobro adicional a las 10 pensiones anuales.
9. ¿Dónde se puede reportar un hecho irregular o queja?
En cada Dirección Departamental de Educación. No obstante, el ministerio del área tiene la línea gratuita 800100050 para atender hechos de corrupción, a través de su Unidad de Transparencia.
10. ¿Qué pasa si hay sobredemanda en un colegio?
De existir sobredemanda de estudiantes nuevos y que esto genere filas antes del periodo de las inscripciones, éstas no serán válidas por ningún motivo. En consecuencia, el día de inicio de la matriculación, la Dirección Distrital o el director del establecimiento procederá a levantar listas y notificar el sorteo respectivo, de acuerdo con la capacidad física de las aulas y el número máximo de estudiantes permitidos. Los colegios también pueden consensuar otros criterios que eviten conflictos en el periodo de inscripción.
11 ¿Cuál es la cantidad máxima de alumnos en escuelas urbanas?
En el caso de los colegios urbanos, el primer año de inicial (prekínder), primaria y secundaria deben tener un máximo de 30 estudiantes por aula, como número recomendado. Para kínder y para 2º a 6º de primaria y secundaria, el número sugerido es de 35, como máximo. A partir de este año, todas las unidades educativas de reciente creación deberán contar solo con dos paralelos por año de escolaridad y excepcionalmente un máximo de tres. El número mínimo de estudiantes en unidades educativas nocturnas es de 10.
12. ¿Y en las unidades del área rural?
En el caso de rurales, los establecimientos ubicados en zonas fronterizas y de difícil acceso podrán funcionar hasta con un estudiante. El mínimo es de 10 alumnos por aula en la zona rural; pero en caso de existir una cantidad menor, se implementará la modalidad multigrado para inicial (prekínder y kínder) y primaria.
13. ¿Qué establece la 001 respecto a uniformes?
No es obligatorio y no impide el ingreso a clases. Si por voto la mayoría de los padres de familia de la unidad educativa decide el uso del uniforme, no significa comprarlo de un lugar específico, sino también contar con opciones acordes a la economía de la familia.
Tampoco se obligará a la adquisición de material escolar de un solo sitio, ni la compra de libros de una sola editorial.
14. ¿Quiénes se benefician con las becas?
Los establecimientos educativos deben estipular obligatoriamente regímenes de becas de 100% a los tres mejores estudiantes de primaria y a otros tres de secundaria. También el 100% de beca para el tercer hermano, pero desde este año el beneficio estará sujeto a un estudio socioeconómico. Para obtener esta última beca, el total ganado de la familia no debe exceder los cinco salarios mínimos nacionales (Bs 8.280).
15. ¿Es posible la inscripción luego del periodo establecido?
Las direcciones de unidades educativas deben remitir la información de inscripciones hasta el 5 de febrero. Los casos especiales fuera de los plazos deberán ser solicitados y justificados de manera escrita por la madre, el padre o el tutor, previa autorización de la Dirección Distrital de Educación.
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