Las modificaciones están incorporadas en la Resolución Ministerial 001/2016 que define los lineamientos para el desarrollo académico de este año.
El viceministro de Educación Regular, Juan José Quiroz, dijo que las condiciones están dadas para las transformaciones. Ahora se cuenta con docentes formados para implementar el nuevo modelo que está centrado en el estudiante y su comunidad.
Adelantó que se otorgarán más ítemes para garantizar el éxito de las innovaciones, aunque no precisó la cantidad para la Llajta.
La Federación Departamental de Maestros Urbanos advirtió que los cambios fracasarán.
El dirigente Miguel Lora aseguró que la normativa fue elaborada "sin tomar en cuenta la realidad que se vive en las aulas".
Explicó que no se cuenta con suficientes profesores y tampoco está resuelta la falta de infraestructura. Señaló que hay cursos hasta con 50 alumnos.
El presidente de la Asociación de Colegios Particulares de Cochabamba (Andecop), Genaro Durán, aseguró que la reducción de estudiantes por curso los condenaría a la quiebra, pero que cumplirán con las disposiciones de Educación.
Prohibición
Al momento de la inscripción no se tomará en cuenta las filas que se realizan en los colegios.
NO HABRÁ INTERINOS
El artículo 77 de la Resolución 001/2016 señala: “Las maestras y maestros interinos que empezaron a trabajar en la gestión 2009 deben ser sustituidos (...)”.
Todos los profesores interinos debe ser reemplazados por docentes titulados de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros o Maestros.
Las directores y subdirectores distritales son los encargados de cumplir la disposición hasta febrero de la presente gestión.
Su incumplimiento será pasible a sanción de acuerdo
a normativa vigente.
Los cargos deben ser declarados en acefalía en la planilla al mes de enero de 2016.
Los maestros dicen que no habrá interés de copar los cargos por la lejanía.
REVISIÓN DE BECAS
El Artículo 98 señala: “Las unidades educativas privadas deben establecer obligatoriamente regímenes de becas que estarán especificados en sus reglamentos y manuales(...)
A partir de este año, los colegios privados deben otorgar becas al tercer hermano bajo estudio socioeconómico que demuestre que el ingreso de la familia es menor a cinco salarios mínimos(8.220 bolivianos). Hasta el año pasado era automático.
En caso de discrepancia, los padres pueden acudir a la Dirección Distrital de Educación.
Cada establecimiento debe responsabilizarse de realizar el análisis de la situación de los alumnos.
Los colegios están autorizados a crear una comisión integrada por el personal docente o contratar a un profesional externo para que lleve adelante el estudio.
SISTEMA MODULAR
El artículo 88 en el numeral IV señala: "En el propósito de ampliar la cobertura en educación secundaria, a
partir de la presente gestión se implementa el Bachillerato Modular en unidades educativas de frontera, alejadas y de difícil acceso".
Los estudiantes deben avanzar en un bimestre, de manera intensiva, el contenido programado para desarrollar durante un año.
Equipos de cuatro profesores itinerantes serán responsables de cuatro colegios de una misma zona.
La medida se aplica en las escuelas rurales o fronterizas, donde el número de estudiantes sea menor al mínimo establecido en la resolución, es decir, diez.
El magisterio advierte que dos meses es insuficiente para desarrollar todos los temas.
LECTURA OBLIGATORIA
El artículo 89 señala: "Se establece la lectura comprensiva obligatoria participativa en cada área correspondiente antes del inicio de la jornada escolar (…)".
Los estudiantes deben leer en clases durante diez minutos, de forma obligatoria y deben producir textos.
Los contenidos deben estar relacionados con el avance de las materias. En la asignatura de historia, por ejemplo, pueden usar libros relacionados a la demanda marítima.
Para garantizar el cumplimiento de la resolución, la actividad debe incorporarse en el plan curricular de todas las materias.
Cada profesor debe elaborar su estrategia. Puede ser la lectura grupal o individual y en voz alta o silenciosa.
Los progresos logrados se verán al final de la gestión en la presentación de actividades.
Las autoridades explicaron que la medida responde a las serias dificultades en comprensión de lectura.
Los profesores del magisterio urbano explicaron que el tiempo no es suficiente, porque solo cuentan con 45 minutos para cada asignatura.
NÚMERO DE ALUMNOS
El artículo 32 señala: "(…) En cumplimiento a mandato del IV Encuentro Pedagógico 2015, para el primer año de escolaridad de la presente gestión (...) el número de estudiantes es de 30 como máximo".
A partir de este año, cada curso, desde primero de primaria hasta sexto de secundaria, debe tener un número máximo de 30 estudiantes, cinco menos de lo permitido en 2015.
El propósito de la reducción de alumnos por aula es mejorar la calidad educativa, garantizar el avance de las materias y facilitar el seguimiento del aprendizaje de los estudiantes.
La aplicación de la norma es obligatoria en los primeros cursos de primaria y secundaria.
En los cursos superiores su implementación es gradual, porque en muchos establecimientos hay más de 30 estudiantes y no pueden ser retirados.
La Asociación Nacional de Colegios Privados (Andecop) hizo conocer que la reducción de inscritos por curso ocasionaría el quiebre de muchos colegios.
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