"El lunes 20 de julio se reinician las labores educativas en todo el Departamento de Potosí; pero, sin la presencia de estudiantes puesto que ellos, recién retornarán a sus escuelas y colegios, el lunes 27 de julio", así afirmaron ayer de manera coincidente, en una conferencia de prensa, el Prefecto Mario Virreira y el Director del Seduca, Edgar Pary.
A esa conclusión llegaron luego de una reunión de más de dos horas entre autoridades de la Prefectura, del Sedes y del Seduca, respecto al reinicio de las labores educativas, debido a la presencia del virus de la influenza de l gripe AH1N1, en el entendido que la vacación escolar, debió concluir precisamente hoy, luego que ya se postergó una semana.
De esta manera, se despeja una serie de dudas y contradicciones que se dieron en la víspera respecto a la reiniciación de las labores educativas, no obstante que, el Ministerio de Educación instruyó iniciar esas actividades el lunes, excepto de Santa Cruz, donde la presencia del virus está fuerte.
Por la importancia que cobra esa resolución y para que sea tomada en cuenta en el futuro, la resolución señala textualmente: Que, conforme a los preceptos contenidos en las disposiciones legales citadas anteriormente, ante la propagación del virus de influenza AH1N1 y tomando en cuenta la conclusión del descanso pedagógico en nuestro departamento, así como el reinicio de actividades escolares en todos los centros educativos del Departamento de Potosí, le corresponde al Prefecto del Departamento de Potosí en el ejercicio de sus funciones adoptar las medidas más pertinentes a fin de evitar la propagación del virus de Influenza AH1N1 en toda la población estudiantil de nuestro Departamento, se resuelve:
Artículo Primero- Determinar que, la semana comprendida entre el 20 al 24 de julio de 2009, toda la población relacionada con el Sistema Educativo del Departamento de Potosí: Directores de Núcleo, de Unidades Educativas, Maestros, Juntas Escolares y Padres de Familia, se dedicarán a la capacitación para la prevención en la propagación del virus de influenza AH1N1, con carácter obligatorio y sin la asistencia de Niños, Niñas, Jóvenes estudiantes a sus establecimientos educativos.
Artículo Segundo- Convocar a los Gobiernos Municipales del Departamento de Potosí, atender las necesidades básicas de las Unidades Educativas para la provisión de jabón y alcohol en gel, de agua para el lavado de manos y refacción de inodoros y lavamanos; así como, la provisión de vidrios en los ambientes de los establecimientos que lo requieran.
Articulo Tercero- Convocar a las Entidades Proveedoras de Servicio de Agua del Departamento de Potosí y de forma particular de la ciudad, proveer de agua de manera permanente a los establecimientos educativos, si es necesario a través de cisternas en aquellos, que no disponen de una conexión de este servicio básico.
Articulo Cuarto- Las entidades públicas y privadas deberán otorgar tolerancia a los padres de familia los días miércoles 22 y jueves 23 de julio de 2009, en el Horario comprendido de Hrs. 10:00 a 12:00 para el Turno de la mañana y de Hrs. 16:00 a 18:00 para el Turno de la Tarde, con la finalidad que asistan y participen obligatoriamente de la capacitación conjunta en la prevención de la propagación del virus de influenza AH1N1; así como, de la limpieza de los servicios higiénicos de las Unidades Educativas que les corresponda.
Artículo Quinto- Convocar a la Unidades Militares y de la Policía Boliviana a participar en la eliminación de focos de infección y campañas de limpieza, recomendando hacer uso de todas sus unidades motorizadas y medios logísticos que disponen.
Artículo Sexto- Convocar a las Organizaciones Sociales, Sindicales, vecinales y pueblo en general a participar de las campañas de limpieza con el propósito de precautelar la salud de la población en su conjunto, previniendo la extensión de la influenza AH1N1 en nuestro departamento.
Articulo Séptimo- Queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución, el Secretario Departamental de Desarrollo Social, Director del Servicio Departamental de Educación, Director del Servicio Departamental de Salud e instándose a la población en su conjunto a su cumplimiento.
A esa conclusión llegaron luego de una reunión de más de dos horas entre autoridades de la Prefectura, del Sedes y del Seduca, respecto al reinicio de las labores educativas, debido a la presencia del virus de la influenza de l gripe AH1N1, en el entendido que la vacación escolar, debió concluir precisamente hoy, luego que ya se postergó una semana.
De esta manera, se despeja una serie de dudas y contradicciones que se dieron en la víspera respecto a la reiniciación de las labores educativas, no obstante que, el Ministerio de Educación instruyó iniciar esas actividades el lunes, excepto de Santa Cruz, donde la presencia del virus está fuerte.
Por la importancia que cobra esa resolución y para que sea tomada en cuenta en el futuro, la resolución señala textualmente: Que, conforme a los preceptos contenidos en las disposiciones legales citadas anteriormente, ante la propagación del virus de influenza AH1N1 y tomando en cuenta la conclusión del descanso pedagógico en nuestro departamento, así como el reinicio de actividades escolares en todos los centros educativos del Departamento de Potosí, le corresponde al Prefecto del Departamento de Potosí en el ejercicio de sus funciones adoptar las medidas más pertinentes a fin de evitar la propagación del virus de Influenza AH1N1 en toda la población estudiantil de nuestro Departamento, se resuelve:
Artículo Primero- Determinar que, la semana comprendida entre el 20 al 24 de julio de 2009, toda la población relacionada con el Sistema Educativo del Departamento de Potosí: Directores de Núcleo, de Unidades Educativas, Maestros, Juntas Escolares y Padres de Familia, se dedicarán a la capacitación para la prevención en la propagación del virus de influenza AH1N1, con carácter obligatorio y sin la asistencia de Niños, Niñas, Jóvenes estudiantes a sus establecimientos educativos.
Artículo Segundo- Convocar a los Gobiernos Municipales del Departamento de Potosí, atender las necesidades básicas de las Unidades Educativas para la provisión de jabón y alcohol en gel, de agua para el lavado de manos y refacción de inodoros y lavamanos; así como, la provisión de vidrios en los ambientes de los establecimientos que lo requieran.
Articulo Tercero- Convocar a las Entidades Proveedoras de Servicio de Agua del Departamento de Potosí y de forma particular de la ciudad, proveer de agua de manera permanente a los establecimientos educativos, si es necesario a través de cisternas en aquellos, que no disponen de una conexión de este servicio básico.
Articulo Cuarto- Las entidades públicas y privadas deberán otorgar tolerancia a los padres de familia los días miércoles 22 y jueves 23 de julio de 2009, en el Horario comprendido de Hrs. 10:00 a 12:00 para el Turno de la mañana y de Hrs. 16:00 a 18:00 para el Turno de la Tarde, con la finalidad que asistan y participen obligatoriamente de la capacitación conjunta en la prevención de la propagación del virus de influenza AH1N1; así como, de la limpieza de los servicios higiénicos de las Unidades Educativas que les corresponda.
Artículo Quinto- Convocar a la Unidades Militares y de la Policía Boliviana a participar en la eliminación de focos de infección y campañas de limpieza, recomendando hacer uso de todas sus unidades motorizadas y medios logísticos que disponen.
Artículo Sexto- Convocar a las Organizaciones Sociales, Sindicales, vecinales y pueblo en general a participar de las campañas de limpieza con el propósito de precautelar la salud de la población en su conjunto, previniendo la extensión de la influenza AH1N1 en nuestro departamento.
Articulo Séptimo- Queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución, el Secretario Departamental de Desarrollo Social, Director del Servicio Departamental de Educación, Director del Servicio Departamental de Salud e instándose a la población en su conjunto a su cumplimiento.
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