4.1.10

Instructiva establece que colegios privados se limiten a cobro de pensiones

Una instructiva emitida por el Ministerio de Educación, establece que los colegios particulares se limiten al cobro de las 10 pensiones, las mismas que tienen que justificar los servicios ofrecidos por la unidades educativas, de lo contrario serán sancionadas, debido a que estarán bajo la supervisión de los Servicios Departamentales de Educación (Seducas).

El director del Seduca, Raúl Copa explicó que con relación a los colegios particulares, el Ministerio de Educación instruyó a las direcciones de los colegios de todo el país no hacer ningún cobro adicional a las 10 mensualidades.

Sin embargo, Copa aseguró que cualquier acuerdo que tuvieran la Asociación Nacional de Colegios Privados (Andecop) y el Ministerio de Educación, sobre el incremento de pensiones en dichos establecimientos, las Direcciones Distritales de Educación deben hacer que se cumplan.

Por otro lado, explicó que las autoridades educativas nacionales y las direcciones departamentales, a través de un personal de seguimiento supervisarán si los colegios privados están cumpliendo la instructiva de que no deben cobrar el pago de matrículas.

“Se está visualizando un proyecto para más adelante, para ver cómo están funcionando los establecimientos privados, si reúnen las condiciones necesarias de personal docente, infraestructura, talleres, campos deportivos y otros, que estén de acuerdo a la mensualidad que cobran” dijo Copa.

En ese entendido es que el Ministerio de Educación está diseñando un proyecto para tener una información completa y conocer si lo que se cobra justifica los servicios que brindan los colegios particulares del Departamento de Oruro.

Recomendó a los padres de familia que inscriben a sus hijos en los colegios privados que si les cobran el pago de matrícula, de forma escrita envíen su denuncia al Seduca para que a través de esta institución se pueda sancionar a dichos establecimientos.

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